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12Mar/21

Resolución de Secretaría de Gobierno Digital n° 001-2019-PCM/SEGDI, de 3 de abril de 2019

Resolución de Secretaría de Gobierno Digital n° 001-2019-PCM/SEGDI, de 3 de abril de 2019. Resolución que aprueba la directiva para compartir y usar Software Público Peruano. (El Peruano 17 de abril de 2019).

PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS

Aprueban la Directiva n° 001-2019-PCM/SEGDI, “Directiva para compartir y usar Software Público Peruano”

Lima, 3 de abril de 2019

VISTOS:

Los Informes n° D000006-2019-PCM-SSTRD y n° D000009-2019-PCM-SSTRD de la Subsecretaría de Transformación Digital de la Secretaría de Gobierno Digital de la Presidencia del Consejo de Ministros; y,

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 8 del Decreto Legislativo n° 1412, que aprueba la Ley de Gobierno Digital, la Presidencia del Consejo de Ministros, a través de la Secretaría de Gobierno Digital, es el ente rector en materia de gobierno digital que comprende tecnologías digitales, identidad digital, interoperabilidad, servicio digital, datos, seguridad digital y arquitectura digital. Dicta las normas y procedimientos en dicha materia;

Que, el artículo 29 de la citada norma establece que todas las entidades de la Administración Pública deben compartir Software Público Peruano bajo licencias libres o abiertas que permitan:

(i) usarlo o ejecutarlo,

(ii) copiarlo o reproducirlo,

(iii) acceder al código fuente, código objeto, documentación técnica y manuales de uso,

(iv) modificarlo o transformarlo en forma colaborativa, y

(v) distribuirlo, en beneficio del Estado Peruano;

Que, mediante el Decreto Supremo n° 051-2018-PCM se crea el Portal de Software Público Peruano como la plataforma oficial que facilita el acceso a Software Público Peruano que las entidades de la administración pública están en condiciones de compartir bajo licencias libres o abiertas en beneficio del Estado Peruano;

Que, la Segunda Disposición Complementaria Transitoria del referido Decreto Supremo dispone que la Presidencia del Consejo de Ministros a través de la Secretaría de Gobierno Digital (SEGDI) emite los lineamientos normativos y técnicos relativos al Software Público Peruano;

Que, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 47 y 48 del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado mediante Decreto Supremo n° 022-2017-PCM y modificatoria, la Secretaría de Gobierno Digital es el órgano rector del Sistema Nacional de Informática, que tiene entre sus funciones aprobar normas, directivas, lineamientos y demás disposiciones, en las materias de su competencia; así como supervisar su cumplimiento;

Que, en ese sentido, a fin de orientar a las entidades de la Administración Pública a compartir y reutilizar software bajo licencias libres y abiertas; resulta necesario establecer los lineamientos que definan los requisitos y procedimientos sobre Software Público Peruano;

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo n° 1412, Ley de Gobierno Digital, el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros aprobado mediante Decreto Supremo nº 022-2017-PCM y modificatoria, y el Decreto Supremo n° 051-2018-PCM;

SE RESUELVE:

Artículo 1. Aprobación

Apruébese la Directiva n° 001-2019-PCM/SEGDI, “Directiva para compartir y usar Software Público Peruano” que en Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Secretarial.

Artículo 2. Alcance

La Directiva aprobada por la presente Resolución es de alcance obligatorio a todas las entidades de la Administración Pública comprendidas en el Artículo I del Título Preliminar del Texto Único Ordenado de la Ley n° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado con Decreto Supremo n° 004-2019-JUS, con excepción de las personas jurídicas señaladas en el numeral 8 del citado artículo.

Artículo 3. Facilidades al Funcionario Responsable del software Público

La autoridad de gestión administrativa en coordinación con los responsables de sus órganos de administración interna, órganos de línea y órganos desconcentrados, brinda las facilidades al Funcionario Responsable del Software Público para la publicación o uso de un Software Público Peruano.

Artículo 4. Publicación

La presente Resolución es publicada en el Diario Oficial El Peruano; asimismo, la Directiva aprobada en la presente Resolución es publicada en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe), en el Portal de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.pcm.gob.pe) y en el Portal de la Secretaría de Gobierno Digital de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.gobiernodigital.gob.pe), el mismo día de la publicación de la presente norma.

Disposición Complementaria Final

Única.- Del Portal de software Público Peruano

En un plazo no mayor de sesenta (60) días calendario, posterior a la publicación de la presente resolución secretarial, la Subsecretaría de Tecnologías Digitales de la Secretaría de Gobierno Digital desarrolla las adecuaciones necesarias al Portal de Software Público Peruano en base a los requisitos y procedimientos establecidos en la Directiva.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MARUSHKA CHOCOBAR REYES. Secretaria, Secretaría de Gobierno Digital