Derecho de Nuevas Tecnologías

Master de Derecho de Nuevas Tecnologías
Universidad Pablo de Olavide

¿A dónde va una persona hoy día sin un posgrado? La respuesta la conocemos todos y es a ningún lado; por eso desde las universidades se apuesta por la formación del alumnado, de tal forma que ofrecen un amplio catálogo de masters y doctorados que no solo potencian su preparación, sino que le sirve como trampolín hacia el mundo laboral.

En mi caso, apuesto por un posgrado que la Universidad Pablo de Olavide sacó hace un par de años y es el de Derecho de Nuevas Tecnologías. Podía haber escogido otro para su comentario, pero he optado por éste, no sólo por lo atrayente de su contenido, sino por la novedad que supone una materia como ésta. Este posgrado oficial está dirigido por el Profesor Agustín Madrid, Catedrático de Derecho Mercantil de la UPO; es un programa de un año académico de duración; por tanto se compone de 60 créditos, según el plan de Bolonia y en el que se van a tocar prácticamente todas las materias del Derecho Tecnológico. El programa de este máster en su apartado de objetivos lo aclara muy bien: “Se aborda el estudio del Derecho de las Nuevas Tecnologías desde la perspectiva del individuo inserto en la Sociedad de la Información. Se examinan sus derechos como persona frente a la invasión tecnológica, así como su derecho a utilizar los modernos medios electrónicos y telemáticos para el desarrollo de sus relaciones jurídico-privadas.” Además no solo lo componen las clases presenciales, sino que a cada uno de los alumnos del programa se le entrega una clave de acceso y una contraseña que le permitirá entrar en una plataforma virtual denominada Web CT y poder descargar los temas que los profesores van dejando, así como cualquier información acerca del mismo.

Creo que se trata de un programa fácilmente con cualquier otra actividad académica o profesional. Son más de diez asignaturas las que lo forman, pero se trata de materias perfectamente engarzadas unas con otras que no va a suponer al alumnado trabas alguna para su aprendizaje (a no ser que deje de asistir a las clases), y que a su vez le servirá para tener no solo esos conocimientos, sino actualizarlos de cara al momento presente. Como buen master que es, lo forman cinco módulos, de los cuales cuatro son obligatorios y uno optativo. Es cierto también que se permite al estudiante, matricularse de otras materias propias de otros posgrados que la universidad organice. Esta idea es buena porque se facilita la injerencia de otros conocimientos, pero a mi modo de ver, no es recomendable si el postulante aspira a dedicarse en un 100% al Derecho Tecnológico, pues debe dominar todo aquello que tenga que ver con las materias objeto de estudio y sacar provecho de todo lo aprendido en poco tiempo relativamente.

Esta idea del máster, en lo que a organización se refiere, se estudió hace unos años, cuando apareció el Doctorado en Derecho de Nuevas Tecnologías; una idea pionera en España y que permitió que aquellos que aspiran a culminar sus estudios de tercer ciclo, tuvieron un complemento formativo muy bueno y que simultáneamente le sirviera para diferenciarse de la competencia. El máster que surgió poco después, fue aprobado por la ANECA y está pensado en principio para un periodo de 5 años, por lo que en éste ha tenido lugar ya la graduación de su segunda promoción.

En lo atinente al profesorado, éste lo componen profesores de la misma universidad, como también de otras ciudades; todos ellos muy bien cualificados y que tratarán al Derecho de las Nuevas Tecnologías desde la perspectiva de su especialidad docente. Podríamos enumerar todos y cada uno de los respectivos módulos; por ejemplo: Aspectos generales de la Sociedad de la Información, que se compone de 12 créditos y su función es dotar al alumno con conocimientos introductorios de la materia, antes de pasar a otros contenidos más profundos si cabe, como puede ser la propiedad intelectual y el comercio electrónico que son objeto del módulo número dos y que lleva por título: “Régimen Jurídico del Uso de Medios Electrónicos en el ámbito jurídico-privado, de 20 créditos. Es un módulo con importante carga docente, tal vez, el más denso en el que el alumno adquirirá competencias por ejemplo: en el Derecho Internacional Privado, sobre todo en la “determinación de los órganos judiciales competentes y del ordenamiento aplicable a las situaciones transfronterizas en la sociedad de la información”.

El tercer módulo que es optativo hace referencia al Derecho de las Nuevas Tecnologías desde un punto de vista del Derecho Público; es fácil deducir cuáles serán las materias afectadas: todo lo que tenga que ver con el Derecho Penal, Derecho Tributario y el sector público.

Los dos últimos módulos, a mi modo de ver, tal vez sean los más relevantes: por un lado, se compone de un número de horas en un despacho profesional realizando prácticas. Tal vez, el número de horas sea insuficiente, pues una materia tan extensa como el Derecho Informático, tendría que tener un periodo de prácticas al menos de un año y que permitiera dotar al alumnado no solo de conocimientos teóricos, sino de una praxis que aunque un poco corta (un año de duración o dos) daría para mucho; lamentablemente no es así; es tan solo dos o tres semanas, el alumno ya termina sus prácticas que le sirven para tener una idea bastante genérica de la materia, a la vez que superficial y nada profunda. Sería por cuenta del despacho y dependiendo de la sensación que los alumnos dejaran en éste, si se quedan durante un tiempo más prolongado o bien abandonarían el gabinete.

El último módulo de este programa se compone de doce créditos y el alumno según sus miras profesionales, podrá decantarse, bien por un itinerario profesionalizante o bien un itinerario de investigación con la intención de realizar posteriormente el Doctorado. En ambos casos, el trabajo que se debe presentar, será inédito y original y estará supervisado por un profesor designado de forma previa.

Haciendo un resumen sobre la carga lectiva, conviene decir que el total de créditos son 60, de los cuales 32 corresponden a asignaturas obligatorias, 8 a optativas, 8 también para las prácticas autorizadas y finalmente los 12 últimos créditos pertenecientes al trabajo fin de máster. ¿Qué se consigue con todo esto?; pues en mi opinión, tener una idea y unos conocimientos más bien genéricos, para que el alumno sepa y lo haga, si quiere, cuál es la rama con la que más a gusto trabaja. La especialización es clave en el mundo actual; si no pudiera ser así, también vería factible una dedicación general a todo el Derecho de Nuevas Tecnologías; muchos despachos vienen haciendo esto desde hace tiempo y creo que esta situación será una constante para los próximos años. Veremos que pasa.

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