Derecho informático, de los juristas para el mundo

Derecho informático, de los juristas para el mundo

Derivado de la incursión de las Tecnologías de la información y la comunicación (TIC) en prácticamente todas las áreas del conocimiento y actividades del ser humano, desde la comunicación entre familiares y amigos, hasta las cirugías más sofisticadas, es se advierte que para el óptimo desarrollo e implementación de las TIC, así como en aras de alcanzar el bien común, y que la mayor cantidad de personas puedan verse beneficiadas, reduciendo los riesgos que el uso de la tecnología pudiera implicar en cuanto a la protección de sus derechos individuales y sociales, es indispensable contar con una regulación tanto técnica como jurídica local, nacional e internacional, que otorgue seguridad y certeza jurídica tanto a los usuarios de las TIC como a quienes las desarrollan.

En este orden de ideas, es que se observa la necesidad de crear normas jurídicas específicas para la regulación de las TIC, en todas aquellas áreas que pudieran involucrar derecho y obligaciones, surgiendo así lo que se conoce como Derecho informático o de las TIC, rama del Derecho que comprende una amplia gama de normatividad internacional, nacional y regional.

El Derecho informático puede definirse, de acuerdo con Tellez como “una rama de las ciencias jurídicas que considera a la Informática como instrumento y objeto de estudio” (i), de lo cual deriva la división de esta área del Derecho en dos partes, la informática jurídica, que estudia la aplicación de la TIC en el Derecho, como en el caso de la digitalización de leyes y jurisprudencias, los apoyos en la enseñanza del Derecho, así como para su investigación, y el Derecho de la Informática, que comprende el conjunto de leyes, normas y principios aplicables a los hechos y actos derivados de la Informática.

De esta forma se observa como en la actualidad el Derecho Informático pretende abarcar todas las áreas en que las tecnologías y la ciencia jurídica convergen, desde la aplicación de las tecnologías para agilizar y facilitar el estudio y aplicación de la normas jurídicas, como la regulación de la creación y uso de todo tipo de tecnología de la información y la comunicación. Cabe destacar que si bien es cierto actualmente es considerada por la doctrina como un área autónoma del derecho, tiene ingerencia en muchas de las otras áreas y éstas a su vez en ella.

En este sentido, se puede afirmar que el Derecho Informático no puede estudiarse ni aplicarse de forma aislada (ii), es necesario contar con conocimientos jurídicos generales, toda vez que lo que se intenta es tomar todas las normas jurídicas aplicables a los modelos tradicionales, adaptándolas y adecuándolas al uso de la TIC, de tal forma que aún cuando se cuenten con nociones de esta rama de derecho, no será factible su óptima aplicación, sin conocimientos en el toda la ciencia jurídica en general.

Como se observa el Derecho Informático es muy amplio, su conocimiento y aplicación no sólo implica a los abogados, ya que si bien es cierto ha sido creado por los juristas, su aplicación como toda norma jurídica no es exclusiva de éstos, sino para todo aquel que encuadre en los supuestos normados; es por ello que resulta de gran trascendencia su difusión, y no sólo eso sino que quienes se dedican directamente al desarrollo y aplicación de la TIC, cuenten con apoyos suficientes para ejercer su profesión conforme a derecho.

No obstante lo anterior, esto es sólo el comienzo de la cruzada para regular el uso de las tecnologías y sus alcances, ya que las TIC avanzan de forma muy acelerada, dando como resultado que no siempre las normas creadas para su regulación sean las optimas o abarquen todos los supuestos. Otra problemática esta en que pese a la que la regulación para el uso de TIC ya existe y los organismo para hacerlas valer también, la mayor parte del tiempo el conocimiento de estas regulaciones no llega a sus destinatarios finales, los usuarios, creadores, e implentadores de las TIC.

Dada esta situación, se puede aducir la problemática a la que se enfrentan los profesionistas en TIC al momento de desarrollarse en el ambiente laboral, sin contar con los conocimientos indispensables respecto a sus derecho y obligaciones, dependiendo del área exacta en la que se desenvuelvan, ya sea como empleados de la administración pública, en la iniciativa privada, o de forma independiente, cada actividad se encuentre regulada por una serie de normas jurídicas tanto regionales, nacionales y en ocasiones hasta internacionales, que si bien es cierto no es indispensable que las dominen a la perfección, su desconocimiento si pudiera implicarles conflictos legales y de cuantiosas sumas de dinero, como en el caso de los litigios en cuanto a propiedad intelectual o derecho laborales.

Por lo antes expuesto, y con la intención de brindar seguridad y certeza jurídica a los profesionistas en TIC en su desarrollo profesional, se plantea la necesidad de buscar la mejor forma de acercar el derecho informático a quienes les aplica, así como los profesionistas en TIC facilitan la aplicación y estudio del derecho a través del desarrollo de la informática jurídica, igualmente los juristas tienen el compromiso social de hacer asequible la información concerniente a toda aquella norma jurídica aplicable al uso e implementación de las TIC para quienes ejercen dichas profesiones.


(i) Derecho Informático.- Julio Téllez.- Tercera ed. 2004.- Editorial McGrawHill, México.

(ii) Sociedad de la Información: Políticas y Regulación en América Latina y el Caribe ¿Hacia donde vamos los profesionales de Derecho y Nuevas Tecnologías?, 2005, Recuperado el 22 de noviembre de 2010, de http://www.alfa-redi.org/rdi-articulo.shtml?x=3917

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