por Luis R. Carranza Torres
SUMARIO: 1. La sociedad de la información como riesgo y ventaja.-2. La libertad de información.- 3. La gestión informática de la cosa pública.- 4. Contralor informático del ciudadano en la actividad administrativa estatal.-
1. La sociedad de la información como riesgo y ventaja
La revolución tecnológica a la que asistimos y
en la que estamos inmersos en el presente, merced a los
continuos progresos en el campo de las ciencias informáticas, ha
hecho posible, entre otras cosas, la creación, acceso y
entrecruzamiento de todo tipo de informaciones es el sustrato
cultural de un nuevo tipo de sociedad la cual sha sido
denominada " sociedad de la información" (1).
A las épocas de grandes cambios en la historia de la humanidad,
se les han asignado nombres especiales: el Renacimiento, la
Ilustración, Revolución Industrial. En nuestros días, es de tal
importancia poseer, administrar y transmitir información, que
toda la humanidad se ve y se seguirá viendo afectada, influida y
posiblemente dominada por quienes tienen, administran y
transmiten este recurso, razón por la cual a esta época se le
han impuesto los calificativos de "sociedad de la información" o
de "revolución electrónica", éste último debido a la facilidad
con que se transmite la información por medio de los sistemas
modernos basados en dispositivos electrónicos(2).
Tal denominación refleja el hecho del desarrollo exponencial, de
tales medios de comunicación, que han tornado posible el acceso
en tiempo real y con alcance planetario de un inmenso cúmulo de
información, otorgando a la sociedad una herramienta poderosa
para atender necesidades que antes se presentaban como de
difícil y lejana satisfacción (3).
Tal amplia disponibilidad, que ha terninado en algunos sectores
por transformarse en avalancha informativa, ha terminado por
abarcar a casi todos los aspectos de nuestras vidas. Pues la
llamada globalización no es sino un aspecto de esta sociedad de
la información, o sociedad tecnológica, que comporta una forma
de vida auténticamente nueva basada en derredor del
procesamiento del conocimiento y la información, impone a nivel
global, sus propias formas de entender el tiempo y el espacio,
la lógica y la causalidad. Acerca distancias, fusiona culturas,
debilita las barreras espacio-temporales, acelera la historia,
estandariza gustos y valores a nivel mundial (4).
Tal orden de cosas trae aparejado un nuevo concepto de poder a
través de la vigilancia, información y control. El inmenso
arsenal de datos que la informática pone a disposición de la
administración acrecienta hasta límites insospechados los
mecanismos de control social.
Frescos en los recuerdos del siglo XX, están la aparición de las
más terribles formas de totalitarismo que la humanidad haya
conocido, que hicieron uso de los recursos de la técnica (mucho
más limitada que en el presente) en materia de acopio y difusión
de información para el sojuzgamiento de millones de personas(5).
Autores como Orwell (6) han alertado ya desde hace tiempo, en
sus ficciones antiutópicas, sobre el peligro que entraña para la
dignidad de las personas algunas facetas del progreso
tecnocientífico llevadas al extremo. En especial, en lo que
respecto a los métopos de opresión basados en la acumulación y
procesamiento de la información respecto de las personas.
Aún hoy, en los estados indudablemente democráticos, cada día es
mayor el caudal de datos y noticias referentes a los habitantes
del país que se almacena en bancos de datos estatales y
privados. También, con el correr del tiempo, cada vez son más
las posibilidades de acceder y cruzar datos de múltiples fuentes
de almacenamiento. De este incremento en magnitud y calidad,
surge la posibilidad de que tales datos sean incorrectamente
asentados, procesados o difundidos, con el correspondiente
menozcabo para la intimidad, imagen personal (7), o casi todo
otra tipo de derechos que una persona pueda poseer. Ello ha
generado un tipo de dominio que era desconocido en épocas
anteriores(8), que necesariamente debe regular el derecho.
Más aún cuando de la reunión y procesamiento de los datos que a
diario dejamos respecto de nuestra vida, ya sea al realizar un
trámite ante un organismo estatal, pedir un crédito, abrir una
cuenta corriente, suscribirnos a una publicación, inscribirmos
en una institución del tipo que fuere (política, deportiva,
profesional), navegar por internet, se puede establecer con un
alto grado de datalle un perfil de nuestra personalidad y de sus
caracteres, exponiendo nuestras virtudes y defectos.
Y no sólo ello, quien pueda elaborar tales perfiles, también
puede difundirlos a terceros. De allí la sorpresa a la hora de
sacar un crédito u realizar otra operación económica, de saernos
analizados y juzgados por quien sabe quien. Eso, por decir una
de las situaciones más comunes y que llegan al conocimiento del
afectado. Exiten otras, mucho más sigilosas, de las que nunca
llega a enterarse. Pues, la agresión informática o
telecomunicacional a los derechos de las personas es casi
siempre fría, aséptica y silenciosa, sin percibirse muchas veces
de modo certero en nuestra vida diaria.
Pero el fenómeno no sólo entraña riesgos para los derechos de
las personas por el uso indebido de los datos e informaciones
acerca de ellas, que provienen de los gobiernos o de grandes
grupos económicos privados, sino que también afrece, por primera
vez en la historia, la posibilidad de parte de cualquier
ciudadano, la participación y el control en tiempo real y sin
importar su ubicación, de la administración de la cosa pública,
antes reservado por entero a la administración y a sus órganos
de contralor.
2. La libertad de información
Desde el punto de vista etimológico, la palabra
"comunicación" proviene de la raíz latina communicare, es decir,
"hacer común" algo. Por otra parte, "información" tiene su
origen en las palabras in y formare, es decir, "instruir hacia
adentro". A partir de estas dos palabras, y debido a la
importancia que en épocas recientes han cobrado, se ha generado
una enorme cantidad de variantes, cada una con un significado
muy preciso, aplicable a determinadas situaciones. Por ejemplo,
"telecomunicaciones" significa comunicar a distancia,
"informática" (que proviene de "información", auto y mática)
supone el procesamiento automático de la información;
"telemática" es la conjunción de "telecomunicaciones" e
"informática", e implica la transmisión y el procesamiento
automático de la información (9).
Dando cuenta de la complejidad de conceptos que encierra la
libertad de información, la Comisión Interamericana de Derechos
Humanos se encargó de definirla como un concepto que encierra la
"facultad jurídica que asiste a toda persona, individual o
colectivamente considerada, para expresar, transmitir y difundir
su pensamiento; paralela y correlativamente" (10).
Concreta su contenido a través de tres facultades jurídicas
básicas:
a) La libertad de buscar información, que implica el acceso a
través de las fuentes de información adecuadas a la información
y a opiniones de todo tipo.
b) La libertad de difundir información, facultad activa que
protege a la persona que transmite la información en el hecho
mismo de la difusión así como en la búsqueda y el contenido de
la misma.
c) Y la libertad de recibir información contrapartida de la
libertad de difundir, que implica la libertad de recibir todo
tipo de información e ideas, en principio, transmitidas por los
medios de comunicación social. Dicha libertad, resguarda la
autonomía de las personas y al mismo tiempo asegura el
funcionamiento de la democracia garantizando el libre
intercambio de ideas en el ámbito público.
Presenta asimismo, una doble dimensión o proyección, incidiendo
tanto a nivel individual cuanto social.
El aspecto individual se encuentra fundamentalmente relacionado
con el reconocimiento del derecho de toda persona a difundir
ideas e informaciones de todo tipo sin sufrir restricciones por
parte de otros individuos o del Estado. Se considera que solo a
través de la libertad de expresión, derivación lógica y
necesaria de la libertad de pensamiento, será posible que el
hombre pueda desarrollar todas sus potencialidades según el
criterio de "excelencia humana" que él mismo seleccione y que
para poder desarrollar dicha búsqueda será necesario que ninguna
persona sea arbitrariamente menoscabada o impedida de manifestar
su propio pensamiento por parte del Estado o de terceros.
En su dimensión social la libertad de expresión es considerada
como un medio para el intercambio de ideas e informaciones y
para la comunicación masiva entre los seres humanos. Se
encuentra relacionada con el derecho de toda la sociedad de
recibir tales ideas e informaciones, derecho colectivo en virtud
del cual la comunidad toda tiene la facultad de recibir
cualquier información y de conocer la expresión del pensamiento
ajeno. Así como la libertad de expresión comprende el derecho de
cada uno a tratar de comunicar a los otros sus propios puntos de
vista, implica también el derecho de todos a conocer opiniones y
noticias debido a que para el "ciudadano común" es tan
importante el conocimiento de la opinión ajena o de la
información de que disponen otros como el derecho a difundir la
propia.
E intimamente relacionada a la dimensión social del derecho, la
información y la regulación jurídica que a ella se le brinda
guarda una estrecha relación con el sistema democrático en su
totalidad. Según la Comisión Interamericana de Derechos Humanos,
la libertad de expresión se inserta en el orden público primario
y radical de la democracia y conforma la "piedra de toque de
todas las libertades a las cuales se consagran las Naciones
Unidas" y "una de las más sólidas garantías de la democracia
moderna" (11).
El Tribunal Europeo de Derechos Humanos también remarcó a partir
del fallo Handyside (12), base de los posteriores
pronunciamientos europeos, el rol que juega este derecho en una
sociedad democrática al afirmar que: "La libertad de expresión
constituye uno de los fundamentos esenciales de tal sociedad,
una de las condiciones primordiales para su progreso y para el
desarrollo de los hombres. Por lo que el alcance del mismo
resulta válido, no sólo para las informaciones o ideas que son
favorablemente recibidas o consideradas como inofensivas o
indiferentes sino también para aquellas que chocan, inquietan u
ofenden al Estado o a una fracción cualquiera de la población.
Tales son las demandas del pluralismo, la tolerancia y el
espíritu de apertura, sin las cuales no existe una sociedad
democrática" (13).
3. La gestión informatica de la cosa pública
En los últimos años, hemos asistido a un
proceso intenso de debate centrado en cómo poder obtener de
parte de la administración estatal, una mayor eficiencia y
eficacia en su gestión. El núcleo de esta discusión ha derivado,
desde la necesidad de racionalizar el sector público hasta la
conveniencia de privatizarlo. Ya fuere incorporando a la gestión
pública la cultura , los modelos, los métodos y las técnicas de
gestión propias del sector privado, como la de cesión al mismo
de parcelas de actividad estatal secundaria (14).
Y últimamente, los esfuerzos para mejorar la gestión pública,
apuestan asimismo a introducir las ventajas de la informática en
la actuación de la función administrativa estatal (15).
A través de portales informáticos, las distintas
administraciones han buscado facilitar a sus administrados, el
mayor número posible de gestión administrativas vía Internet. Se
pretende con los mismos "servir de instrumento de información y
de comunicación a los ciudadanos" mediante herramientas y
aplicaciones que les permitirán obtener información o realizar
gestiones en todo tipo de materias, como laboral, fiscal o
ayudas y subvenciones.
Responden a la idea de crear una "ventanilla única" por donde el
ciudadano pueda canalizar sus necesidades para con la
administración, sin necesidad de estar limitado por la necesidad
de desplazarse a un organismo determinado, o por los horarios de
atención al público de la administración.
Busca asimismo, en los estados federales como los EEUU o
asimilables como es el caso del sistema de autonomías español,
posibilitar una única vía de acceso a las distintas
administraciones locales, articulando en la medida de las
competencias de las mismas, un trámite único respecto de una
determinada necesidad que hasta ahora era necesario canalizar
por dos o más estructuras administrativas (local, regional y
nacional, por caso).
Para lograr esto se requiere que todos los departamentos estén
comunicados y utilicen la misma tecnología. Además, de
centralizar, los servicios oficiales en un único portal www.
firstgov.com.
Pues lo principal en los modelos de gestión electrónica, no es
la tecnología en sí, sino cómo puede resolver cuestiones
prácticas. Los primeros resultados, son la agilización de los
trámites más comunes dentro de la administración, tales como la
renovación del carnet de conducir. O el pagar los impuestos, de
todas las Administraciones (federal, estadual y municipal), de
forma unificada.
Para ello, se provee por medio de la informática a los
administrados, de un accesible y permanente punto de acceso
integrado, de fácil ubicación y acceso a toda la información y
servicios que ofrecen todas las entidades públicas en sus
propios Sitios en Internet, como lo ha hecho el gobierno
colombiano con la creación del Portal de Información y Servicios
del Estado colombiano (PEC): www.gobiernoenlinea.gov.co.
En razón que a través de estos portales se puede ubicar y
acceder a toda la información y servicios que los principales
organismos del Estado, vinculando los sitios en Internet de
éstos con las necesidades del ciudadano, los mismos brindan de
ordinario dos posibilidades fundamentales:
· Un acceso, directo o derivado, a de todas las páginas Web del
estado en cuestión, principalmente de la mayoría de los
organismos u oficinas que tienen que ver en el mismo con la
atención de las necesidades ciudadanas. Para facilitar la
ubicación y acceso a estas entidades a través de Internet, sus
Sitios Web están organizadas por temas, departamentos y por
estructura del poder público. Lo anterior significa que los
ciudadanos no necesitan conocer o memorizar las direcciones
Internet de las distintas entidades del Estado con presencia en
la Red para acceder a su información y servicios, sino que, con
tan sólo ingresar al portal principal, podrán tener acceso
virtual a todas ellas.
· Acceso a la posibilidad de gestionar sus necesidad via informática, para lo cual se dispone de formularios y las funciones necesarias como para que un particular pueda realizar determinados trámites por esa vía.
El contenido de tal portales está constituido principalmente por información provista o generada por los distintos organismos estatales, y de carácter público.
4. Contralor informático del ciudadano en la actividad administrativa estatal.
Realidades como las antes transcriptas,
introducen nuevos aspectos y alcances dentro de la estructura
general de la actividad administrativa, de cara al futuro.
El establecimiento de un acceso informático permanente para los
habitantes sujetos a una administración estatal determinada,
resulta a fin de cuentas, una forma particular de realizar el
derecho de petición, gestión de sus necesidades y de obtener una
respuesta, en el modo más simple e inmediato, que aprovecha las
ventajas que la tecnología pone hoy a nuestro alcance (16).
Tal como puede percibirse, la adecuación del funcionamiento del
estado a las nuevas formas tecnológicas de actuación social es
un camino largo. Y no exento de dificultades. Pero hoy por hoy,
es el medio más importante a nuestro alcance para acercar la
administración pública a los ciudadanos, y simplificar las
burocráticas tramitaciones a que estamos acostumbrados.
Pero un medio fácil, seguro y eficiente para ofrecer y acceder a
información y servicios del Estado en Internet, supone asimismo,
una nueva forma de poder efectuar, de parte del ciudadano, el
contralor de la actividad estatal.
Pues las nuevas tecnológicas de la información implican, no
tanto la modernización de equipos, o la implementación de
nuevos, sino todo una nuevo modo de pensar la relación
administración-administrado.
El mismo, acrecienta las posibilidades de los administrados de
efectuar un contralor directo de la administración, por lo que
puede trasnformarse en un instrumento de crucial importancia
para remover anquilosamiento y estimular el sentido de
responsabilidad y de servicio público, la conciencia del coste
de los recursos públicos y del carácter del funcionario como
depositario y administrador de esos recursos y no como su
propietario, la orientación a objetivos y el estímulo de la
creatividad y de creciente responsabilidad individual (17).
En pos de objetivos tales como la eficiencia y la transparencia
en la gestión pública son fundamentales, la utilidad de
Internet, con todo su potencial, es considerablemente valiosa y
efectiva. El uso de la red en el sector público, merced al
concepto de "gobierno electrónico" le permite en una primera
etapa, a las entidades estatales simplificar las transacciones
del ciudadano con el Estado y obtener ahorros al proveer
información y servicios en línea. Pero no menos es lo referente
a la posibilidad de publicitar y así transparentar las
actividades estatales, al facilitar la divulgación masiva de
información acerca del organismo del caso y de información
relacionada con la gestión de la misma; así como por agilizar la
comunicación entre funcionarios públicos o con los ciudadanos a
través del uso de correo electrónico y espacios interactivos.
Respecto del ciudadano, la implemantación plena del gobierno
electrónico por parte de la administración pública, le permite
al ciudadano y a las empresas, acceder ágilmente y de manera
oportuna a información y servicios del Estado; mantenerse
informado sobre la gestión de las actividades públicas,
presupuesto indispensable para que se pueda ejercer un control
efectivo sobre ellas; la posibilidad de tener una comunicación
interactiva con ellas para manifestarles sus quejas o
sugerencias; así como un espacio privilegiado para el
intercambio de ideas con funcionarios públicos.
Pues con la eficiencia se mejora la capacidad de los gobiernos
de hacer uso racional de los recursos, y con la transparencia se
incrementa la responsabilidad y la rendición pública de cuentas
por parte de quienes manejan recursos públicos. De este modo, se
mejora la interacción de los ciudadanos con el Estado y se
reducen los espacios propicios para la corrupción (18).
NOTAS:
(1) Carranza Torres, Luis, Hábeas data: la
protección de los datos personales, Alveroni Ediciones, Córdoba,
2001, pag. 18.
(2) Kuhlman, Federico y Alonso, Antonio, Información y
telecomunicaciones, Fondo de cultura económica, México 1997,
disponible desde: http://www.fce.com.mx.
(3) Conf. Ruiz Martinez, Esteban, Los informes comerciales y el
derecho a la información, Abaco, Buenos Aires, 2000, pag. 22.
(4) Conf. Tofler, La tercera ola, pag. 24.
(5) Carranza Torres, Luis, Práctica del amparo, Alveroni
Ediciones, Córdoba, 1998, pag. 153.
(6) Con su novela 1984. También podríamos citar a Huxley (Un
mundo feliz), Harris (Fatherland), entre otros.
(7) Carranza Torres, Luis, Hábeas Data: la protección de los
datos personales, Alveroni Ediciones, Córdoba, 2001, pag. 20.
(8) Pérez Luño, Antonio, Los Derechos Humanos en la Sociedad
Tecnológica, Cuadernos y Debates del Centro de Estudios
Constitucionales, Madrid, 1989, pag. 138.
(9) Kuhlman, Federico y Alonso, Antonio, op. cit.
(10) Otero, Juan Manuel, Sistemas Internacionales de Protección
de la Libertad de Información y sus restricciones, en hppt://
vlex.com/ar/cn/derecho_constitucional/3?p=1.
(11) Informe sobre la compatibilidad entre las leyes de Desacato
y la Convención Americana sobre Derechos Humanos, en Informe
Anual de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, 1994,
Washington, D.C., 1995.
(12) Handyside v. Reino Unido, Corte Europea de Derechos
Humanos. Sentencia del 7 de diciembre de 1976.
(13) Cit en Otero, Juan Manuel, Sistemas Internacionales de
Protección de la Libertad de Información y sus restricciones, en
hppt:// vlex.com/ar/cn/derecho_constitucional/3?p=1.
(14) Conf. Castillo Clavero, Ana María, Hacia una gestión
pública eficaz: ¿ Privatizar el estado o aprender de la
empresa?, en Conexión Abierta, Revista Científica de la
Universidad Abierta Interamericana, Año 3 Nº6, Marzo de 2001,
pag. 30.
(15) Ver al respecto Carranza Torres, Luis, Las nuevas formas de
realización de la función administrativa en la era tecnológica",
Diario Judicial del 21/09/2001, en
http://www.diariojudicial.com/articulo.asp?D=8322, así como
Carranza Torres, Luis y Carranza Torres, José, Las nuevas formas
de comunicación y acción del Estado", Semanario Jurídico Nº 1363
del 18 de octubre de 2001, Tº 85-2001-B, pag. 481.
(16) Conf. Carranza Torres, Luis, Hábeas Data: la protección
jurídica de los datos personales, Alveroni Ediciones, Córdoba,
2001, pag. 222.
(17) Seguimos en cuando a los parámetros que debe introducir el
cambio cultural administrativo, en líneas generales, a Castillo
Clavero, Ana María, Hacia una gestión pública eficaz: ¿
Privatizar el estado o aprender de la empresa?, en Conexión
Abierta, Revista Científica de la Universidad Abierta
Interamericana, Año 3 Nº6, Marzo de 2001, pag. 32.
(18) Del Portal de Información y Servicios del Estado colombiano
(PEC): www.gobiernoenlinea.gov.co.