Las nuevas tecnologías
de la información y el contralor ciudadano de la administración
por Luis R. Carranza Torres
SUMARIO: 1. La sociedad de la información como riesgo
y ventaja.-2. La libertad de información.- 3. La gestión
informática de la cosa pública.- 4. Contralor informático
del ciudadano en la actividad administrativa estatal.-
1. La sociedad de la información como riesgo y ventaja
La revolución tecnológica a la que asistimos y
en la que estamos inmersos en el presente, merced a los continuos
progresos en el campo de las ciencias informáticas, ha
hecho posible, entre otras cosas, la creación, acceso y
entrecruzamiento de todo tipo de informaciones es el sustrato
cultural de un nuevo tipo de sociedad la cual sha sido denominada
" sociedad de la información" (1).
A las épocas de grandes cambios en la historia de la humanidad,
se les han asignado nombres especiales: el Renacimiento, la Ilustración,
Revolución Industrial. En nuestros días, es de tal
importancia poseer, administrar y transmitir información,
que toda la humanidad se ve y se seguirá viendo afectada,
influida y posiblemente dominada por quienes tienen, administran
y transmiten este recurso, razón por la cual a esta época
se le han impuesto los calificativos de "sociedad de la información"
o de "revolución electrónica", éste
último debido a la facilidad con que se transmite la información
por medio de los sistemas modernos basados en dispositivos electrónicos(2).
Tal denominación refleja el hecho del desarrollo exponencial,
de tales medios de comunicación, que han tornado posible
el acceso en tiempo real y con alcance planetario de un inmenso
cúmulo de información, otorgando a la sociedad una
herramienta poderosa para atender necesidades que antes se presentaban
como de difícil y lejana satisfacción (3).
Tal amplia disponibilidad, que ha terninado en algunos sectores
por transformarse en avalancha informativa, ha terminado por abarcar
a casi todos los aspectos de nuestras vidas. Pues la llamada globalización
no es sino un aspecto de esta sociedad de la información,
o sociedad tecnológica, que comporta una forma de vida
auténticamente nueva basada en derredor del procesamiento
del conocimiento y la información, impone a nivel global,
sus propias formas de entender el tiempo y el espacio, la lógica
y la causalidad. Acerca distancias, fusiona culturas, debilita
las barreras espacio-temporales, acelera la historia, estandariza
gustos y valores a nivel mundial (4).
Tal orden de cosas trae aparejado un nuevo concepto de poder a
través de la vigilancia, información y control.
El inmenso arsenal de datos que la informática pone a disposición
de la administración acrecienta hasta límites insospechados
los mecanismos de control social.
Frescos en los recuerdos del siglo XX, están la aparición
de las más terribles formas de totalitarismo que la humanidad
haya conocido, que hicieron uso de los recursos de la técnica
(mucho más limitada que en el presente) en materia de acopio
y difusión de información para el sojuzgamiento
de millones de personas(5).
Autores como Orwell (6) han alertado ya desde hace tiempo, en
sus ficciones antiutópicas, sobre el peligro que entraña
para la dignidad de las personas algunas facetas del progreso
tecnocientífico llevadas al extremo. En especial, en lo
que respecto a los métopos de opresión basados en
la acumulación y procesamiento de la información
respecto de las personas.
Aún hoy, en los estados indudablemente democráticos,
cada día es mayor el caudal de datos y noticias referentes
a los habitantes del país que se almacena en bancos de
datos estatales y privados. También, con el correr del
tiempo, cada vez son más las posibilidades de acceder y
cruzar datos de múltiples fuentes de almacenamiento. De
este incremento en magnitud y calidad, surge la posibilidad de
que tales datos sean incorrectamente asentados, procesados o difundidos,
con el correspondiente menozcabo para la intimidad, imagen personal
(7), o casi todo otra tipo de derechos que una persona pueda poseer.
Ello ha generado un tipo de dominio que era desconocido en épocas
anteriores(8), que necesariamente debe regular el derecho.
Más aún cuando de la reunión y procesamiento
de los datos que a diario dejamos respecto de nuestra vida, ya
sea al realizar un trámite ante un organismo estatal, pedir
un crédito, abrir una cuenta corriente, suscribirnos a
una publicación, inscribirmos en una institución
del tipo que fuere (política, deportiva, profesional),
navegar por internet, se puede establecer con un alto grado de
datalle un perfil de nuestra personalidad y de sus caracteres,
exponiendo nuestras virtudes y defectos.
Y no sólo ello, quien pueda elaborar tales perfiles, también
puede difundirlos a terceros. De allí la sorpresa a la
hora de sacar un crédito u realizar otra operación
económica, de saernos analizados y juzgados por quien sabe
quien. Eso, por decir una de las situaciones más comunes
y que llegan al conocimiento del afectado. Exiten otras, mucho
más sigilosas, de las que nunca llega a enterarse. Pues,
la agresión informática o telecomunicacional a los
derechos de las personas es casi siempre fría, aséptica
y silenciosa, sin percibirse muchas veces de modo certero en nuestra
vida diaria.
Pero el fenómeno no sólo entraña riesgos
para los derechos de las personas por el uso indebido de los datos
e informaciones acerca de ellas, que provienen de los gobiernos
o de grandes grupos económicos privados, sino que también
afrece, por primera vez en la historia, la posibilidad de parte
de cualquier ciudadano, la participación y el control en
tiempo real y sin importar su ubicación, de la administración
de la cosa pública, antes reservado por entero a la administración
y a sus órganos de contralor.
2. La libertad de información
Desde el punto de vista etimológico, la palabra "comunicación"
proviene de la raíz latina communicare, es decir, "hacer
común" algo. Por otra parte, "información"
tiene su origen en las palabras in y formare, es decir, "instruir
hacia adentro". A partir de estas dos palabras, y debido
a la importancia que en épocas recientes han cobrado, se
ha generado una enorme cantidad de variantes, cada una con un
significado muy preciso, aplicable a determinadas situaciones.
Por ejemplo, "telecomunicaciones" significa comunicar
a distancia, "informática" (que proviene de "información",
auto y mática) supone el procesamiento automático
de la información; "telemática" es la
conjunción de "telecomunicaciones" e "informática",
e implica la transmisión y el procesamiento automático
de la información (9).
Dando cuenta de la complejidad de conceptos que encierra la libertad
de información, la Comisión Interamericana de Derechos
Humanos se encargó de definirla como un concepto que encierra
la "facultad jurídica que asiste a toda persona, individual
o colectivamente considerada, para expresar, transmitir y difundir
su pensamiento; paralela y correlativamente" (10).
Concreta su contenido a través de tres facultades jurídicas
básicas:
a) La libertad de buscar información, que implica el acceso
a través de las fuentes de información adecuadas
a la información y a opiniones de todo tipo.
b) La libertad de difundir información, facultad activa
que protege a la persona que transmite la información en
el hecho mismo de la difusión así como en la búsqueda
y el contenido de la misma.
c) Y la libertad de recibir información contrapartida de
la libertad de difundir, que implica la libertad de recibir todo
tipo de información e ideas, en principio, transmitidas
por los medios de comunicación social. Dicha libertad,
resguarda la autonomía de las personas y al mismo tiempo
asegura el funcionamiento de la democracia garantizando el libre
intercambio de ideas en el ámbito público.
Presenta asimismo, una doble dimensión o proyección,
incidiendo tanto a nivel individual cuanto social.
El aspecto individual se encuentra fundamentalmente relacionado
con el reconocimiento del derecho de toda persona a difundir ideas
e informaciones de todo tipo sin sufrir restricciones por parte
de otros individuos o del Estado. Se considera que solo a través
de la libertad de expresión, derivación lógica
y necesaria de la libertad de pensamiento, será posible
que el hombre pueda desarrollar todas sus potencialidades según
el criterio de "excelencia humana" que él mismo
seleccione y que para poder desarrollar dicha búsqueda
será necesario que ninguna persona sea arbitrariamente
menoscabada o impedida de manifestar su propio pensamiento por
parte del Estado o de terceros.
En su dimensión social la libertad de expresión
es considerada como un medio para el intercambio de ideas e informaciones
y para la comunicación masiva entre los seres humanos.
Se encuentra relacionada con el derecho de toda la sociedad de
recibir tales ideas e informaciones, derecho colectivo en virtud
del cual la comunidad toda tiene la facultad de recibir cualquier
información y de conocer la expresión del pensamiento
ajeno. Así como la libertad de expresión comprende
el derecho de cada uno a tratar de comunicar a los otros sus propios
puntos de vista, implica también el derecho de todos a
conocer opiniones y noticias debido a que para el "ciudadano
común" es tan importante el conocimiento de la opinión
ajena o de la información de que disponen otros como el
derecho a difundir la propia.
E intimamente relacionada a la dimensión social del derecho,
la información y la regulación jurídica que
a ella se le brinda guarda una estrecha relación con el
sistema democrático en su totalidad. Según la Comisión
Interamericana de Derechos Humanos, la libertad de expresión
se inserta en el orden público primario y radical de la
democracia y conforma la "piedra de toque de todas las libertades
a las cuales se consagran las Naciones Unidas" y "una
de las más sólidas garantías de la democracia
moderna" (11).
El Tribunal Europeo de Derechos Humanos también remarcó
a partir del fallo Handyside (12), base de los posteriores pronunciamientos
europeos, el rol que juega este derecho en una sociedad democrática
al afirmar que: "La libertad de expresión constituye
uno de los fundamentos esenciales de tal sociedad, una de las
condiciones primordiales para su progreso y para el desarrollo
de los hombres. Por lo que el alcance del mismo resulta válido,
no sólo para las informaciones o ideas que son favorablemente
recibidas o consideradas como inofensivas o indiferentes sino
también para aquellas que chocan, inquietan u ofenden al
Estado o a una fracción cualquiera de la población.
Tales son las demandas del pluralismo, la tolerancia y el espíritu
de apertura, sin las cuales no existe una sociedad democrática"
(13).
3. La gestión informatica de la cosa pública
En los últimos años, hemos asistido a un proceso
intenso de debate centrado en cómo poder obtener de parte
de la administración estatal, una mayor eficiencia y eficacia
en su gestión. El núcleo de esta discusión
ha derivado, desde la necesidad de racionalizar el sector público
hasta la conveniencia de privatizarlo. Ya fuere incorporando a
la gestión pública la cultura , los modelos, los
métodos y las técnicas de gestión propias
del sector privado, como la de cesión al mismo de parcelas
de actividad estatal secundaria (14).
Y últimamente, los esfuerzos para mejorar la gestión
pública, apuestan asimismo a introducir las ventajas de
la informática en la actuación de la función
administrativa estatal (15).
A través de portales informáticos, las distintas
administraciones han buscado facilitar a sus administrados, el
mayor número posible de gestión administrativas
vía Internet. Se pretende con los mismos "servir de
instrumento de información y de comunicación a los
ciudadanos" mediante herramientas y aplicaciones que les
permitirán obtener información o realizar gestiones
en todo tipo de materias, como laboral, fiscal o ayudas y subvenciones.
Responden a la idea de crear una "ventanilla única"
por donde el ciudadano pueda canalizar sus necesidades para con
la administración, sin necesidad de estar limitado por
la necesidad de desplazarse a un organismo determinado, o por
los horarios de atención al público de la administración.
Busca asimismo, en los estados federales como los EEUU o asimilables
como es el caso del sistema de autonomías español,
posibilitar una única vía de acceso a las distintas
administraciones locales, articulando en la medida de las competencias
de las mismas, un trámite único respecto de una
determinada necesidad que hasta ahora era necesario canalizar
por dos o más estructuras administrativas (local, regional
y nacional, por caso).
Para lograr esto se requiere que todos los departamentos estén
comunicados y utilicen la misma tecnología. Además,
de centralizar, los servicios oficiales en un único portal
www. firstgov.com.
Pues lo principal en los modelos de gestión electrónica,
no es la tecnología en sí, sino cómo puede
resolver cuestiones prácticas. Los primeros resultados,
son la agilización de los trámites más comunes
dentro de la administración, tales como la renovación
del carnet de conducir. O el pagar los impuestos, de todas las
Administraciones (federal, estadual y municipal), de forma unificada.
Para ello, se provee por medio de la informática a los
administrados, de un accesible y permanente punto de acceso integrado,
de fácil ubicación y acceso a toda la información
y servicios que ofrecen todas las entidades públicas en
sus propios Sitios en Internet, como lo ha hecho el gobierno colombiano
con la creación del Portal de Información y Servicios
del Estado colombiano (PEC): www.gobiernoenlinea.gov.co.
En razón que a través de estos portales se puede
ubicar y acceder a toda la información y servicios que
los principales organismos del Estado, vinculando los sitios en
Internet de éstos con las necesidades del ciudadano, los
mismos brindan de ordinario dos posibilidades fundamentales:
· Un acceso, directo o derivado, a de todas las páginas
Web del estado en cuestión, principalmente de la mayoría
de los organismos u oficinas que tienen que ver en el mismo con
la atención de las necesidades ciudadanas. Para facilitar
la ubicación y acceso a estas entidades a través
de Internet, sus Sitios Web están organizadas por temas,
departamentos y por estructura del poder público. Lo anterior
significa que los ciudadanos no necesitan conocer o memorizar
las direcciones Internet de las distintas entidades del Estado
con presencia en la Red para acceder a su información y
servicios, sino que, con tan sólo ingresar al portal principal,
podrán tener acceso virtual a todas ellas.
· Acceso a la posibilidad de gestionar sus necesidad via
informática, para lo cual se dispone de formularios y las
funciones necesarias como para que un particular pueda realizar
determinados trámites por esa vía.
El contenido de tal portales está constituido principalmente
por información provista o generada por los distintos organismos
estatales, y de carácter público.
4. Contralor informático del ciudadano en la actividad
administrativa estatal.
Realidades como las antes transcriptas, introducen nuevos aspectos
y alcances dentro de la estructura general de la actividad administrativa,
de cara al futuro.
El establecimiento de un acceso informático permanente
para los habitantes sujetos a una administración estatal
determinada, resulta a fin de cuentas, una forma particular de
realizar el derecho de petición, gestión de sus
necesidades y de obtener una respuesta, en el modo más
simple e inmediato, que aprovecha las ventajas que la tecnología
pone hoy a nuestro alcance (16).
Tal como puede percibirse, la adecuación del funcionamiento
del estado a las nuevas formas tecnológicas de actuación
social es un camino largo. Y no exento de dificultades. Pero hoy
por hoy, es el medio más importante a nuestro alcance para
acercar la administración pública a los ciudadanos,
y simplificar las burocráticas tramitaciones a que estamos
acostumbrados.
Pero un medio fácil, seguro y eficiente para ofrecer y
acceder a información y servicios del Estado en Internet,
supone asimismo, una nueva forma de poder efectuar, de parte del
ciudadano, el contralor de la actividad estatal.
Pues las nuevas tecnológicas de la información implican,
no tanto la modernización de equipos, o la implementación
de nuevos, sino todo una nuevo modo de pensar la relación
administración-administrado.
El mismo, acrecienta las posibilidades de los administrados de
efectuar un contralor directo de la administración, por
lo que puede trasnformarse en un instrumento de crucial importancia
para remover anquilosamiento y estimular el sentido de responsabilidad
y de servicio público, la conciencia del coste de los recursos
públicos y del carácter del funcionario como depositario
y administrador de esos recursos y no como su propietario, la
orientación a objetivos y el estímulo de la creatividad
y de creciente responsabilidad individual (17).
En pos de objetivos tales como la eficiencia y la transparencia
en la gestión pública son fundamentales, la utilidad
de Internet, con todo su potencial, es considerablemente valiosa
y efectiva. El uso de la red en el sector público, merced
al concepto de "gobierno electrónico" le permite
en una primera etapa, a las entidades estatales simplificar las
transacciones del ciudadano con el Estado y obtener ahorros al
proveer información y servicios en línea. Pero no
menos es lo referente a la posibilidad de publicitar y así
transparentar las actividades estatales, al facilitar la divulgación
masiva de información acerca del organismo del caso y de
información relacionada con la gestión de la misma;
así como por agilizar la comunicación entre funcionarios
públicos o con los ciudadanos a través del uso de
correo electrónico y espacios interactivos.
Respecto del ciudadano, la implemantación plena del gobierno
electrónico por parte de la administración pública,
le permite al ciudadano y a las empresas, acceder ágilmente
y de manera oportuna a información y servicios del Estado;
mantenerse informado sobre la gestión de las actividades
públicas, presupuesto indispensable para que se pueda ejercer
un control efectivo sobre ellas; la posibilidad de tener una comunicación
interactiva con ellas para manifestarles sus quejas o sugerencias;
así como un espacio privilegiado para el intercambio de
ideas con funcionarios públicos.
Pues con la eficiencia se mejora la capacidad de los gobiernos
de hacer uso racional de los recursos, y con la transparencia
se incrementa la responsabilidad y la rendición pública
de cuentas por parte de quienes manejan recursos públicos.
De este modo, se mejora la interacción de los ciudadanos
con el Estado y se reducen los espacios propicios para la corrupción
(18).
NOTAS:
(1) Carranza Torres, Luis, Hábeas data: la protección
de los datos personales, Alveroni Ediciones, Córdoba, 2001,
pag. 18.
(2) Kuhlman, Federico y Alonso, Antonio, Información y
telecomunicaciones, Fondo de cultura económica, México
1997, disponible desde: http://www.fce.com.mx.
(3) Conf. Ruiz Martinez, Esteban, Los informes comerciales y el
derecho a la información, Abaco, Buenos Aires, 2000, pag.
22.
(4) Conf. Tofler, La tercera ola, pag. 24.
(5) Carranza Torres, Luis, Práctica del amparo, Alveroni
Ediciones, Córdoba, 1998, pag. 153.
(6) Con su novela 1984. También podríamos citar
a Huxley (Un mundo feliz), Harris (Fatherland), entre otros.
(7) Carranza Torres, Luis, Hábeas Data: la protección
de los datos personales, Alveroni Ediciones, Córdoba, 2001,
pag. 20.
(8) Pérez Luño, Antonio, Los Derechos Humanos en
la Sociedad Tecnológica, Cuadernos y Debates del Centro
de Estudios Constitucionales, Madrid, 1989, pag. 138.
(9) Kuhlman, Federico y Alonso, Antonio, op. cit.
(10) Otero, Juan Manuel, Sistemas Internacionales de Protección
de la Libertad de Información y sus restricciones, en hppt://
vlex.com/ar/cn/derecho_constitucional/3?p=1.
(11) Informe sobre la compatibilidad entre las leyes de Desacato
y la Convención Americana sobre Derechos Humanos, en Informe
Anual de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos,
1994, Washington, D.C., 1995.
(12) Handyside v. Reino Unido, Corte Europea de Derechos Humanos.
Sentencia del 7 de diciembre de 1976.
(13) Cit en Otero, Juan Manuel, Sistemas Internacionales de Protección
de la Libertad de Información y sus restricciones, en hppt://
vlex.com/ar/cn/derecho_constitucional/3?p=1.
(14) Conf. Castillo Clavero, Ana María, Hacia una gestión
pública eficaz: ¿ Privatizar el estado o aprender
de la empresa?, en Conexión Abierta, Revista Científica
de la Universidad Abierta Interamericana, Año 3 Nº6,
Marzo de 2001, pag. 30.
(15) Ver al respecto Carranza Torres, Luis, Las nuevas formas
de realización de la función administrativa en la
era tecnológica", Diario Judicial del 21/09/2001,
en http://www.diariojudicial.com/articulo.asp?D=8322, así
como Carranza Torres, Luis y Carranza Torres, José, Las
nuevas formas de comunicación y acción del Estado",
Semanario Jurídico Nº 1363 del 18 de octubre de 2001,
Tº 85-2001-B, pag. 481.
(16) Conf. Carranza Torres, Luis, Hábeas Data: la protección
jurídica de los datos personales, Alveroni Ediciones, Córdoba,
2001, pag. 222.
(17) Seguimos en cuando a los parámetros que debe introducir
el cambio cultural administrativo, en líneas generales,
a Castillo Clavero, Ana María, Hacia una gestión
pública eficaz: ¿ Privatizar el estado o aprender
de la empresa?, en Conexión Abierta, Revista Científica
de la Universidad Abierta Interamericana, Año 3 Nº6,
Marzo de 2001, pag. 32.
(18) Del Portal de Información y Servicios del Estado colombiano
(PEC): www.gobiernoenlinea.gov.co.
