LA DINAMICA DEL
NUEVO ABOGADO A LA LUZ DE LAS TIC,S
Por Pedro Jesús
Macías Torres
En pleno siglo XXI, la utilización
de las nuevas tecnologías se presenta como un aspecto fundamental en el
desarrollo de los cometidos profesionales en sus respectivos ámbitos o
sectores. El objetivo del presente artículo no es otro que explicar de
forma genérica, una panorámica sencilla sobre la forma en la que
el abogado de nuestro tiempo, se enfrenta al avance de las nuevas tecnologías.
En un texto anterior, expuse el debate sobre si el derecho de la nueva economía
era una auténtica especialidad en sí misma o no, es decir si podía
considerarse una rama autónoma o en cambio, venía siendo el derecho
tradicional; aquí quiero dar mi impresión particular de lo que está
empezando a ocurrir desde hace tiempo en los despachos de abogados o empresas
de servicios jurídicos.
1. CAMBIOS: Los cambios económicos
producidos son inmensos, sobretodo por la maquinaria que los propios abogados
y los ayudantes de éstos emplean en sus despachos y oficinas para llevar
a cabo una labor mas sencilla y rápida; por tanto a pesar de ser una tarea
simplificadora y aunque representa el mismo rasgo o carácter de monotonía,
todo esto conduce a que el profesional vea atenuada su ocupación jurídica.
Los procesadores de textos para la redacción de documentos diversos eran
instrumentos completamente impensables 25 ó 30 años antes, en el
que la máquina de escribir y los continuos errores, por parte del escribiente,
se encontraban a la orden del día, pero con los medios actuales, dichas
equivocaciones apenas tienen lugar. Se produce en todo caso un trabajo con menor
posibilidad de comisión de errores y una mayor garantía de una labor
bien realizada.
2.- CAUSAS: El surgimiento de las nuevas tecnologías
es algo evidentemente ineludible, podemos estar a favor o bien contemplarlo como
si se tratase de nuestro peor enemigo, pero de lo que sí estamos todos
seguros, es que la persona en general y el profesional en particular, deben de
ir de forma paralela con el avance de los tiempos. Se trata de una cuestión
predominantemente social, mas que jurídica.
3.- REPERCUSIONES:
Las consecuencias es que el abogado en principio, se encuentra en un terreno,
completamente desconocido; es algo evidente, porque sabe que tiene que realizar
una serie de cambios, que no solo son trascendentales para su propio desenvolvimiento,
sino que contempla la dificultad de su pronta implantación en el menor
tiempo posible.
4.- OBJETIVOS: Opino en este caso que el objetivo
general es la consecución total de los planes que los gobiernos establecen
para el impulso de la Sociedad de la Información y del Conocimiento. La
actividad del derecho en modo alguno puede estar ajena a ello y se muestra un
gran interés también por parte de los colegios profesionales para
un mayor acercamiento entre tecnología y derecho, pretendiendo a su vez
la correspondiente equiparación entre despachos pequeños, medianos
y grandes, como también las alianzas de profesionales; todos deben disfrutar
de las nuevas tecnologías, que no sea una materia exclusiva para los mas
pudientes, entre otras cosas, no como premio que se concede, sino como elemento
primordial para la llevanza a cabo de sus obligaciones laborales.
En
el presente año 2007 y en los venideros, el jurista se irá enfrentando
a las nuevas tecnologías con mayor seguridad. Comprendemos que su uso,
puede acarrearle tal vez mayores beneficios que perjuicios (es lo que se espera,
como siempre sucede en una revolución), pero todo depende del empleo que
de las mismas se den. Las nuevas tecnologías no son ni buenas ni malas,
es la configuración que se establece de ellas lo que convierte de cara
a la sociedad el hecho, como positivo o negativo.
Pero esa seguridad
de la que hago referencia es bajo mi perspectiva, el punto de inflexión
al menos en una parte de las políticas de trabajo en los gabinetes jurídicos,
debido a dos cuestiones diferenciables aparentemente:
A.- la labor de
adecuación de cuestiones ulteriores a la inercia de la informática.
B.-
la tarea de informatización de expedientes, dictámenes y demás
documentación.
Otra de las cuestiones que pueden pensarse es
en términos de marketing. Muchas veces, los criterios para seleccionar
abogados se basa en percepciones o intuiciones de las personas mas que en los
conocimientos teóricos y de la praxis jurídica propiamente dichos,
con lo que la puesta en escena es verdaderamente relevante debido a que el cliente
o potencial consumidor puede llegar a establecer la relación tecnología-calidad,
a mayor tecnología, por tanto mayor calidad, porque es de suponer que de
forma previa ha habido una fuerte inversión económica en mobiliario
e instrumentos técnicos y consecuentemente esto solo podrían hacerlos
aquellos con un determinado status, pero creo que esto está cambiando,
que hay que ser optimistas y por tanto si existe intención como mencioné
antes de igualar en medios tecnológicos tanto a despachos unipersonales
como a grandes consultorías, el comentario anterior pierde razón
de ser en todos los sentidos.
En mi opinión, cuando la realidad
jurídica actual española tome conciencia de la importancia de las
nuevas tecnologías, en los despachos de abogados (informática jurídica,
para muchos) y se produzca esa igualdad en términos materiales, se habrá
dado un gran paso porque el avance considerable y el servicio ofertado por el
propio despacho sería el adecuado y necesario para cualquier relación
profesional que se estableciera a corto, medio o a largo plazo.
Pedro
Jesús Macías Torres
Sevilla - 26 junio de 2007.
