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09Jul/17

Acordada 9/2016, de 29 de marzo de 2016, de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN)

Exp. 1074/2016

En Buenos Aires, a los 29 días del mes de marzo del año 2016, los
señores Ministros que suscriben la presente,

CONSIDERARON:

I. Que dentro del proceso de cambio y modernización en la prestación del servicio de justicia, que la Corte Suprema de Justicia de la Nación viene desarrollando en el marco del programa de fortalecimiento institucional del Poder Judicial de la Nación, en uso de las facultades que le otorga la Constitución Nacional en razón de lo dispuesto por las leyes nº
25.506, 26.685 y 26.856 este Tribunal ha procedido reglamentar distintos
aspectos vinculados al uso de tecnologías electrónicas digitales, y en
consecuencia dispuso su gradual implementación en el ámbito del Poder
Judicial de la Nación a partir de la puesta marcha de distintos proyectos de
informatización y digitalización.

II. Que en el marco de los principios universales del Desarrollo Sustentable contenidos en la Declaración de Río de Janeiro de 1992 sobre Medio Ambiente y Desarrollo y receptados por nuestra Constitución Nacional en su art. 41, por la Ley General del Ambiente, Ley nº 25.675, que vienen siendo implementados por este Tribunal (acordadas 35/11, 38/11, entre otras), resulta prioritario implementar medidas de acción que permitan cooperar en este aspecto.

Que a fin de continuar con esta política, se adoptara esta medida que racionaliza el uso del papel y redunda su vez en un mejor aprovechamiento del espacio físico.

III. Que la implementación de los distintos Sistemas de Gestión en las dependencias del Poder Judicial de la Nación, permite la integración de las actuaciones por tecnología digital sustituyendo los medios de uso convencional para la realización de las actividades vinculadas a las
actuaciones que aquí se tramitan.

IV. Que en el marco de este plan de modernización y, teniendo en cuenta el convenio firmado con la Oficina Nacional de Tecnología de la Información (ONTI), el 2 de septiembre de 2011, corresponde disponer la utilización de la firma digital en los trámites administrativos vinculados las resoluciones de la Secretaría General de Administración de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

V. Que ello se realizará progresivamente en las distintas dependencias de dicha Secretaria empleando un procedimiento y una metodología homogénea y transparente, lo cual permitirá resguardar la seguridad jurídica de los actos y la sustitución del soporte papel; debiéndose publicar las disposiciones administrativas firmadas de acuerdo al método indicado en los sitios web del Tribunal.

VI. Que la presente medida se dicta en ejercicio de las competencias propias de esta Corte Suprema de Justicia de la Nación como cabeza de este poder del Estado (art. 108 de la Constitución Nacional, cuyas atribuciones se encuentran ampliamente desarrolladas en los antecedentes que cita la acordada 4/2000, considerandos 1 al 7) por cuanto el dictado de sentencias, acordadas y resoluciones resulta un acto propio del Poder Judicial, en tanto el Tribunal tiene las facultades de dictar su reglamento interior (art. 113 de la Constitución Nacional).

Por ello,

ACORDARON:

1°) Aprobar el uso de la firma digital en el ámbito de la Secretaria General de Administración de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en los actos que rubrique el señor Secretario General de Administración y los funcionarios que él designe.

2°) Establecer que en todos los casos en que se aplique la firma digital, no será necesario la utilización del soporte papel, quedando lo resuelto en soporte electrónico cuyo almacenamiento y resguardo estará a cargo de la Dirección de Sistemas del Tribunal.

Todo lo cual dispusieron, ordenando que se comunique, publique en la
página web del Tribunal, en el Boletín Oficial, en la página del CIJ y se
registre en el libro correspondiente, por ante mí, que doy fe.

RICARDO LUIS LORENZETTI, Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Nación

ELENA HIGHTON DE NOLASCO, Ministro de la Corte Suprema de Justicia de la Nación

JUAN CARLOS MAQUEDA, Ministro de la Corte Suprema de Justicia de la Nación

HECTOR DANIEL MARCHI, Secretario General de Administración de la Corte Suprema de Justicia de la Nación

08Jul/17

Acordada nº 6/2016 de 2 de marzo de 2016, de la Corte Suprema de Justicia de la Nacion (CSJN)

Acordada nº 6/2016 de 2 de marzo de 2016, de la Corte Suprema de Justicia de la Nacion (CSJN), que dispone que este Tribunal, a través de la Dirección de Sistemas, dependiente de la Secretaria General de Administración, tendrá su cargo la seguridad informática

ACORDADA nº 6 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN), Expediente nº 931/2014

En Buenos Aires, a los 2 días del mes de marzo del año dos mil dieciséis, los Señores Ministros que suscriben la presente,

CONSIDERARON:

1°) Que este Tribunal viene desarrollando, desde el año 2004, una política activa en materia de publicidad transparencia con el fin de posibilitar el ejercicio por parte de la comunidad del derecho al control de los actos de gobierno, ordenando la difusión de las decisiones jurisdiccionales administrativas emanadas de los distintos tribunales,

2°) Que en este sentido, en su condición de órgano superior de la organización judicial argentina, ha dispuesto medidas para promover la difusión de las decisiones judiciales administrativas tanto de este Tribunal como de las distintas cámaras federales nacionales tribunales orales, con el objeto de permitir la comunidad una comprensión más acabada del quehacer judicial (acordadas 2, ambas de 2004, 15/2013, 24/2013 4/2014, entre otras).

Esta fue, precisamente, una de las razones por las que fue creada la Dirección de Comunicación Pública, en el marco de una política de comunicación abierta con la declarada finalidad de dar transparencia difusión aquellas decisiones (confr. acordadas 17/2006 9/2012),

3°) Que para asegurar el cumplimiento de esta finalidad, se estableció que resulta facultad exclusiva de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, la captura transmisión de toda actividad procesal que se desarrolle en el Poder Judicial de la Nación, que por su naturaleza merezca difusión pública, quedando a su disposición los recursos tecnológicos necesarios de toda la jurisdicción para su concreción (conf. acordada 4/2014).

4°) Que la información almacenada en el Sistema Informático de Gestión Judicial, con la totalidad de los documentos registrados, constituye una base de datos de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (conf. anexo de la acordada 24/2013).

5°) Que el Tribunal ya ha advertido la importancia de asegurar la transmisión de la información, audio, video aplicaciones de bases de datos la necesidad de establecer pautas de funcionamiento respecto de su control su disponibilidad (conf. acordada 4/2014).

Por ello,

ACORDARON:

Disponer que este Tribunal, través de la Dirección de Sistemas, dependiente de la Secretaria General de Administración, tendrá su cargo la seguridad informática de las bases de datos del Poder Judicial de la Nación vinculadas funciones jurisdiccionales; para lo cual adoptará las decisiones medidas que estime pertinentes, incluidas aquellas que tiendan preservar la integridad, infraestructura control del Centro de Datos del Poder Judicial de la Nación, lo que comprende servidores, equipos de comunicaciones, bases de datos, seguridad informática todo otro componente del servicio, sin que esto implique la transferencia de los mismos.

Todo lo cual dispusieron mandaron, ordenando que se comunique al Consejo de la Magistratura, se publique en la página web del Tribunal, en la página del CIJ se registre en el libro correspondiente, por ante mi, que doy fe.