Resolución Ministerial nº 318-2005-PCM de 16 agosto 2005, constituye la Comisión Multisectorial para el seguimiento y evaluación del “Plan de Desarrollo de la Sociedad de la Información en el Perú -La Agenda Digital Peruana”

Lima, 16 de agosto de 2005

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Ministerial nº 181-2003-PCM se creó la Comisión Multisectorial para el Desarrollo de la Sociedad de la Información – CODESI, estableciendo en su artículo 2, que ésta tiene como objeto
elaborar un Plan para el Desarrollo de la Sociedad de la Información, las acciones necesarias a ejecutar para su desarrollo y los proyectos de normas y los dispositivos que coadyuven al adecuado desarrollo,
implementación y promoción de la Sociedad de la Información en el Perú;

Que, mediante Resolución Ministerial nº 148-2005-PCM se da por concluido el encargo conferido a la Comisión Multisectorial para el Desarrollo de la Sociedad de la Información – CODESI, creada por la Resolución Ministerial nº 181-2003-PCM, y se dispuso la publicación del “Plan de Desarrollo de la Sociedad de la Información en el Perú – La Agenda Digital Peruana”;

Que, en el “Plan de Desarrollo de la Sociedad de la Información en el Perú – La Agenda Digital Peruana”, se establece como factor crítico de éxito, al factor institucional, en virtud al cual, es necesario garantizar la
ejecución, el monitoreo, la evaluación y la actualización del referido Plan, para lo cual es precisa la asignación clara de responsabilidades a cargo de la Presidencia del Consejo de Ministros y el mantenimiento de una
coordinación entre el sector público, el privado, el académico y la sociedad civil;

Que, mediante Memorándum nº 318-2005-PCM/SGP.ONGEI la Oficina Nacional de Gobierno Electrónico e Informática – ONGEI ha propuesto la constitución de una Comisión Multisectorial para el seguimiento y evaluación del “Plan de Desarrollo de la Sociedad de la Información en el Perú – La Agenda Digital Peruana”;

De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo nº 560 – Ley del Poder Ejecutivo, el Decreto Ley nº 21292, Ley nº 27594 y los Decretos Supremos nºs. 066 y 067-2003-PCM;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Constitúyase la Comisión Multisectorial para el seguimiento y evaluación del “Plan de Desarrollo de la Sociedad de la Información en el Perú – La Agenda Digital Peruana”, a fin de lograr el cumplimiento eficaz de sus objetivos, resultados y metas, en los plazos señalados en dicho Plan.

Artículo 2º.- La Comisión Multisectorial estará conformada por los siguientes miembros:

a) El Secretario de Gestión Pública, quien la presidirá;
b) El Jefe de la Oficina Nacional de Gobierno Electrónico e Informática;
c) Un representante del Ministerio de Economía y Finanzas;
d) Un representante del Ministerio de Educación;
e) Un representante del Ministerio de Transportes y Comunicaciones;
f) Un representante del Consejo Nacional de Descentralización;
g) Un representante del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología – CONCYTEC;
h) Un representante del Organismo Supervisor de la Inversión Privada en Telecomunicaciones – OSIPTEL;
i) Un representante del Instituto Nacional de Estadística e Informática – INEI;
j) Un representante del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual -INDECOPI; y,
k) Un representante de la Asamblea Nacional de Rectores – ANr.

Los representantes ante la Comisión Multisectorial serán designados mediante Resolución del Titular de la entidad correspondiente, en el plazo de diez (10) días hábiles, contados a partir de la fecha de publicación de la presente Resolución Ministerial. (1)

Artículo 3º.- La Secretaría Técnica de la Comisión será ejercida por el Jefe de la Oficina Nacional de Gobierno Electrónico e Informática – ONGEI de la Presidencia del Consejo de Ministros.

Artículo 4º.- Los objetivos de la Comisión Multisectorial para el seguimiento y evaluación del “Plan de Desarrollo de la Sociedad de la Información en el Perú – La Agenda Digital Peruana”, son:

a) Efectuar las acciones tendientes a lograr la implementación de las acciones contenidas en el “Plan de Desarrollo de la Sociedad de la Información en el Perú – La Agenda Digital Peruana”, para alcanzar los objetivos estratégicos establecidos en dicho Plan.

b) Realizar las coordinaciones necesarias para que se incorporen las acciones propuestas, en los planes operativos y planes estratégicos de sus respectivos Ministerios y entidades públicas, los que contendrán indicadores y metas que permitan evaluar el logro de los resultados esperados del “Plan de Desarrollo de la Sociedad de la Información en el Perú – La Agenda Digital Peruana”.

c) Ejercer la labor de seguimiento y monitoreo de la implementación del “Plan de Desarrollo de la Sociedad de la Información en el Perú – La Agenda Digital Peruana”.

d) Proponer la reorientación de las acciones en los casos en los cuales durante la implementación del Plan ocurran situaciones no previstas con anterioridad.

e) Elaborar un informe anual de los avances del “Plan de Desarrollo de la Sociedad de la Información en el Perú – La Agenda Digital Peruana”, a nivel regional, sectorial y nacional. (2)

Artículo 5º.- La instalación de la Comisión Multisectorial se realizará en la fecha convocada por su Presidente, lo que deberá ocurrir dentro de los quince (15) días hábiles posteriores a la fecha de publicación de la
presente Resolución Ministerial.

Artículo 6º.- Para la realización del monitoreo, seguimiento e implementación del “Plan de Desarrollo de la Sociedad de la Información en el Perú – La Agenda Digital Peruana”, la Comisión Multisectorial coordinará
con los Gobiernos Regionales, Locales y demás instituciones del Sector Público nacional, la incorporación de las metas y objetivos del referido Plan, en sus respectivos presupuestos y planes operativos institucionales, y la implementación de los medios y acciones pertinentes destinados a desarrollar la construcción de la Sociedad de la Información en el ámbito de sus competencias, en forma coordinada con otras instituciones, evitando
duplicidad de gastos en recursos estatales.

Asimismo, dicha Comisión podrá buscar y coordinar la cooperación internacional que permita apoyar la ejecución del Plan en sus diversos campos, y el apoyo financiero por parte de las organizaciones no gubernamentales que participan en el Plan.

Artículo 7º.- La Comisión Multisectorial se reunirá al menos una vez al mes de manera ordinaria y de manera extraordinaria cuando así lo solicite su Presidente.

Artículo 8º.– La Comisión Multisectorial podrá invitar a participar en sus reuniones a las instituciones de la sociedad civil que participaron en la elaboración del “Plan de Desarrollo de la Sociedad de la Información en
el Perú – La Agenda Digital Peruana”, y a otras instituciones o personas del Sector Público, del Sector Privado o de la sociedad civil que estime pertinente. (3)

Artículo 9º.- Excepcionalmente, cuando el caso lo requiera, la Comisión podrá solicitar a otros organismos, instituciones, gremios y entidades en general, públicas o privadas, y a especialistas, el asesoramiento, información y apoyo necesarios para articular las acciones que
se necesiten para el cumplimiento de su objeto,
sin implicar gasto al Estado. (4)

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CARLOS FERRERO, Presidente del Consejo de Ministros

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(1) Artículo modificado por el Artículo Único de la Resolución Ministerial nº 381-2005-PCM, publicada el 27 Octubre 2005, cuyo texto es el siguiente:

“Artículo 2.- La Comisión Multisectorial estará conformada por los siguientes miembros:

a) El Secretario de Gestión Pública, quien la presidirá;
b) El Jefe de la Oficina Nacional de Gobierno Electrónico e Informática;
c) Un representante del Ministerio de Economía y Finanzas;
d) Un representante del Ministerio de Educación;
e) Un representante del Ministerio de Transportes y Comunicaciones;
f) Un representante del Consejo Nacional de Descentralización;
g) Un representante del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica – CONCYTEC;
h) Un representante del Organismo, Supervisor de la Inversión Privada en Telecomunicaciones – OSIPTEL;
i) Un representante del Instituto Nacional de Estadística e Informática – INEI;
j) Un representante del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual -INDECOPI;
k) Un representante de la Asamblea Nacional de Rectores – ANR;

I) Un representante del Ministerio de Relaciones Exteriores; y,

II) Un representante del Instituto Nacional de Investigación y Capacitación de Telecomunicaciones – INICTEL.

Los representantes ante la Comisión Multisectorial serán designados mediante Resolución del Titular de la entidad correspondiente, en el plazo de diez (10) días hábiles, contados a partir de la fecha de
publicación de la presente Resolución Ministerial.”

(2) Artículo modificado por el Artículo Único de la Resolución Ministerial nº 381-2005-PCM, publicada el 27 Octubre 2005, cuyo texto es el siguiente:

” Artículo 4.- Los objetivos de la Comisión Multisectorial para el seguimiento y evaluación del “Plan de Desarrollo de la Sociedad de la Información – La Agenda Digital Peruana”, son:

a) Efectuar las acciones tendientes a lograr la implementación de las acciones contenidas en el “Plan de Desarrollo de la Sociedad de la Información en el Perú – La Agenda Digital Peruana”, para alcanzar los objetivos estratégicos establecidos en dicho Plan;

b) Realizar las coordinaciones necesarias para que las acciones propuestas en el “Plan de Desarrollo de la Sociedad de la Información en el Perú – La Agenda Digital Peruana”, se incorporen en los planes
operativos y planes estratégicos de los Ministerios y entidades públicas, los que contendrán indicadores y metas que permitan evaluar el logro de los resultados esperados del “Plan de Desarrollo de la Sociedad de la Información en el Perú – La Agenda Digital Peruana”;

c) Ejercer la labor de seguimiento y monitoreo del “Plan de Desarrollo de la Sociedad de la Información en el Perú – La Agenda Digital Peruana”;

d) Proponer la reorientación de las acciones en los casos en los cuales durante la implementación del Plan ocurran situaciones no previstas con anterioridad; y,

e) Elaborar un informe anual de los avances del Plan de Desarrollo de la Sociedad de la Información – La Agenda Digital Peruana, a nivel regional, sectorial y nacional, dicho informe debe ser presentado la última semana del mes de junio de cada año.”

(3) Artículo modificado por el Artículo Único de la Resolución Ministerial nº 381-2005-PCM, publicada el 27 Octubre 2005, cuyo texto es el siguiente:

” Artículo 8.- Para el cumplimiento de sus objetivos, la Comisión Multisectorial invitará a las instituciones del sector privado y de la sociedad civil que participaron en la elaboración del “Plan de Desarrollo de la Sociedad de la Información en el Perú – La Agenda Digital Peruana”, así como a otras instituciones o personas representativas de la sociedad civil.”

(4) Artículo modificado por el Artículo Único de la Resolución Ministerial nº 381-2005-PCM, publicada el 27 Octubre 2005, cuyo texto es el siguiente:

” Artículo 9.- La Comisión solicitará a otras instituciones, gremios, entidades y especialistas, sean del sector público o privado, el asesoramiento, información y apoyo necesarios para articular las acciones que se necesiten para el cumplimiento de sus objetivos.”

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