Resolución Ministerial nº 199-2004-PCM de 26 junio 2004, que constituyen la Comisión Multisectorial encargada de ejecutar e implantar los “Lineamientos para la implantación inicial del Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado-SEACE

Lima,26 de junio de 2004

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Supremo nº 031-2002-PCM se aprobaron los “Lineamientos de Políticas Generales del Desarrollo del Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado”, con el objeto de incrementar y mejorar las condiciones para que el Estado contrate la adquisición de bienes, servicios, obras y arrendamientos en condiciones de calidad, economía y oportunidad, así como para que los proveedores participen en condiciones de equidad;

Que, el Lineamiento III aprobado por el Decreto Supremo nº 031-2002-PCM, establece que el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado – CONSUCODE, desarrollará, administrará y operará el Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado, con sujeción estricta a los lineamientos de la política de contrataciones electrónicas del Estado que disponga la Presidencia del Consejo de Ministros, y que los organismos del Estado colaborarán en la ejecución de la política de contrataciones electrónicas conforme al ámbito de su competencia institucional;

Que, mediante la Resolución Ministerial nº 142-2004-PCM, han sido aprobados los “Lineamientos para la Implantación Inicial del Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado – SEACE” que deberán ser aplicados por las Entidades bajo el ámbito de aplicación de la Ley nº 26850 – Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, sus ampliatorias, modificatorias actuales y posteriores;

Que dentro de los lineamientos aprobados por la Presidencia del Consejo de Ministros, se propone la constitución de una Comisión Multisectorial encargada de ejecutar e implantar los “Lineamientos para la Implantación Inicial del Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado – SEACE”;

De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley nº 21292, Decreto Legislativo nº 560 – Ley del Poder Ejecutivo, Ley nº 27594 y el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo nº 067-2003-PCM;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Comisión Multisectorial
Constituir la Comisión Multisectorial encargada de ejecutar e implantar los “Lineamientos para la Implantación Inicial del Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado – SEACE” aprobados mediante la Resolución Ministerial nº 142-2004-PCM.

Artículo 2º.- Conformación de la Comisión Multisectorial
La Comisión Multisectorial estará conformada por los siguientes representantes:
– El Secretario de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros.
– El Presidente del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado – CONSUCODE;
– El Jefe de la Oficina Nacional de Gobierno Electrónico e Informática de la Presidencia del Consejo de Ministros;
– El Coordinador del Proyecto Sistema Integrado de Administración Financiera del Sector Público SIAF – SP;
– Un representante del Ministerio de Economía y Finanzas – MEF quien representará a las Entidades de Tratamiento Empresarial (ETEs);
– El Secretario Técnico del Consejo Nacional de Descentralización – CND;
– Un representante de la Comisión de Promoción de la Pequeña y Micro Empresa – PROMPYME;
– Un representante de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria – SUNAT;
– Un representante del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado – FONAFE;

Artículo 3º.- De la Presidencia de la Comisión Multisectorial
La Comisión será presidida por el Secretario de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros. En caso de ausencia del mismo, el Secretario Técnico asumirá interinamente la Presidencia.

Artículo 4º.- De la Secretaría Técnica
La Oficina Nacional de Gobierno Electrónico e Informática de la Presidencia del Consejo de Ministros ejercerá las funciones de la Secretaría Técnica de la Comisión Multisectorial.

Artículo 5º.- De la designación de representantes
Los representantes deberán ser acreditados ante la Presidencia de la Comisión dentro de un plazo no mayor de siete (07) días hábiles, contados desde la fecha de publicación de la presente Resolución y designados mediante Resolución del Titular del Sector correspondiente, y deberán contar con capacidad de decisión.

Artículo 6º.- De la Instalación de la Comisión Multisectorial
La instalación de la Comisión Multisectorial se realizará en la fecha convocada por su Presidente.

Artículo 7º.- De su Reglamento Interno
En un plazo no mayor de siete (07) días calendario posterior a la instalación de la Comisión Multisectorial, ésta aprobará su reglamento interno, el que señalará las funciones de la Presidencia de la Comisión, de la Secretaría Técnica, asignando tareas y responsabilidades a cada uno de sus miembros, entre otras definiciones.

Artículo 8º.- Del asesoramiento y apoyo
La Comisión Multisectorial para el cumplimiento de sus fines podrá solicitar el apoyo necesario de las entidades conformantes del Sistema Nacional de Informática.

Artículo 9º.- Del equipo de Implantación
La Comisión Multisectorial conformará un equipo técnico operativo con personal propuesto por cada organismo participante, el que ejecutará la Implantación de los Lineamientos, reportando el avance de las labores encomendadas al Secretario Técnico de la Comisión.

Artículo 10º.- Del Plazo de Vigencia
La Comisión Multisectorial, tendrá un plazo de vigencia de ciento ochenta (180) días calendario a partir de su instalación, debiendo, dentro de sus primeros noventa (90) días calendario de vigencia, iniciar la puesta en operación de los Lineamientos aprobados en la Resolución Ministerial nº 142-2004-PCM, en concordancia con lo señalado en su anexo. La Comisión desarrollará tareas de seguimiento y coordinación posteriores a la implantación de los Lineamientos hasta el vencimiento de su plazo de vigencia, debiendo remitir un informe a la Presidencia del Consejo de Ministros, que de cuenta del cumplimiento de las labores encomendadas.

Dentro de los siete (07) días calendario contados desde la fecha de recepción del informe, la Oficina Nacional de Gobierno Electrónico e Informática de la Presidencia de Consejo de Ministros, deberá incorporar su contenido en la página Web institucional: www.pcm.gob.pe

 
Regístrese, comuníquese y publíquese.

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