Ley nº 29.432 de 9 de noviembre de 2009, que prorroga los alcances de la Cuarta Disposición Transitoria y Final de la Ley 29.022, Ley para la expansión de infraestructura en telecomunicaciones, para estimular la inversión privada en la ejecución de obras

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

POR CUANTO:

El Congreso de la República ha dado la Ley siguiente:

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA

Ha dado la Ley Siguiente:

Ley que prorroga los alcances de la Cuarta Disposición Transitoria y Final de la Ley nº 29.022, Ley para la expansión de infraestructura en telecomunicaciones, para estimular la inversión privada en la ejecución de obras de infraestructura en Servicios Públicos de Telecomunicaciones.

Artículo 1º.- Prórroga de plazo

Prorrógase por dos (2) años a partir de su vencimiento, el plazo establecido en la cuarta disposición transitoria y final de la Ley nº 29022. Ley para la Expansión de Infraestructura en Telecomunicaciones.

Artículo 2º.- Vigencia 

La presente Ley entra en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Comunícase al señor Presidente de la República para su promulgación.

En Lima, a los ocho días del mes de noviembre de dos mil nueve.

LUIS ALVA CASTRO, Presidente del Congreso de la República

MIGUEL URTECHO MEDINA, Segundo Vicepresidente del Congreso de la República

AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los ocho días del mes de noviembre del año dos mil nueve

ALÁN GARCIA PÉREZ, Presidente Constitucional de la República

JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉN, Presidente del Consejo de Ministros.

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